{"id":18246,"date":"2022-10-20T02:00:17","date_gmt":"2022-10-20T02:00:17","guid":{"rendered":"https:\/\/domosistemas.com\/?p=18246"},"modified":"2022-10-20T02:00:17","modified_gmt":"2022-10-20T02:00:17","slug":"las-ayudas-para-mejorar-la-accesibilidad-de-viviendas-en-castilla-y-leon-incluyen-la-domotica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/domosistemas.com\/?p=18246","title":{"rendered":"Las ayudas para mejorar la accesibilidad de viviendas en Castilla y Le\u00f3n incluyen la dom\u00f3tica"},"content":{"rendered":"<div>\n<p>La <a href=\"https:\/\/www.jcyl.es\/web\/jcyl\/Portada\/es\/Home\/1246890364336\/_\/_\/_\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Junta de Castilla y Le\u00f3n<\/a> ha <a href=\"https:\/\/bocyl.jcyl.es\/boletines\/2022\/10\/19\/pdf\/BOCYL-D-19102022-14.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow noopener\">publicado<\/a> en el Bolet\u00edn Oficial de Castilla y Le\u00f3n (BOCYL) la convocatoria de las subvenciones para la mejora de la accesibilidad de viviendas, tanto en el \u00e1mbito urbano como rural de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n. Las subvenciones tendr\u00e1n un presupuesto total de casi 2 millones de euros y el plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes ser\u00e1 del 1 al 30 de diciembre de 2022.<\/p>\n<figure id=\"attachment_113204\" aria-describedby=\"caption-attachment-113204\" style=\"width: 800px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"size-full wp-image-113204\" src=\"https:\/\/static.casadomo.com\/media\/2022\/10\/junta-castilla-leon-ayudas-accesibilidad-edificios-2022.png\" alt=\"Edificio residencial.\" width=\"800\" height=\"428\" srcset=\"https:\/\/static.casadomo.com\/media\/2022\/10\/junta-castilla-leon-ayudas-accesibilidad-edificios-2022.png 800w, https:\/\/static.casadomo.com\/media\/2022\/10\/junta-castilla-leon-ayudas-accesibilidad-edificios-2022-300x161.png 300w, https:\/\/static.casadomo.com\/media\/2022\/10\/junta-castilla-leon-ayudas-accesibilidad-edificios-2022-768x411.png 768w, https:\/\/static.casadomo.com\/media\/2022\/10\/junta-castilla-leon-ayudas-accesibilidad-edificios-2022-180x96.png 180w\" sizes=\"auto, (max-width: 800px) 100vw, 800px\"><figcaption id=\"caption-attachment-113204\" class=\"wp-caption-text\">El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes ser\u00e1 del 1 al 30 de diciembre 2022.<\/figcaption><\/figure>\n<p>Estas ayudas subvencionar\u00e1n acciones como la instalaci\u00f3n de dom\u00f3tica y otras tecnolog\u00edas que favorezcan a la autonom\u00eda de las personas mayores o con discapacidad, e instalaci\u00f3n de dispositivos de alarma en el ascensor que garanticen un sistema de comunicaci\u00f3n visual, auditiva y bidireccional con el exterior para los casos de emergencia o atrapamiento.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n ser\u00e1 subvencionable la instalaci\u00f3n de dispositivos electr\u00f3nicos de comunicaci\u00f3n entre las viviendas y el exterior, como videoporteros; de productos de apoyo a la audici\u00f3n para la accesibilidad en el entorno, como los bucles magn\u00e9ticos; y elementos de informaci\u00f3n, de comunicaci\u00f3n o de aviso tales como se\u00f1ales luminosas y visuales, vibrot\u00e1ctiles o sonoras.<\/p>\n<p>Otras acciones que pueden disponer de ayudas son la instalaci\u00f3n de ascensores, salva-escaleras, rampas, automatismos para la apertura de puertas incorporando mecanismos motorizados u otros dispositivos de accesibilidad, as\u00ed como cualquier medida de accesibilidad que facilite la autonom\u00eda y la vida independiente de personas con movilidad reducida; la dotaci\u00f3n de productos de apoyo como gr\u00faas o artefactos an\u00e1logos y cualquier intervenci\u00f3n que facilite la accesibilidad universal en los espacios del interior de las viviendas.<\/p>\n<p>Las solicitudes que supongan por solicitante la intervenci\u00f3n en m\u00e1s de 200 viviendas o que consistan en un cambio de uso no podr\u00e1n acogerse a estas ayudas de la Junta de Castilla y Le\u00f3n.<\/p>\n<h2>Solicitantes y requisitos<\/h2>\n<p>Pueden solicitar estas ayudas las personas f\u00edsicas que sean propietarias o usufructuarias de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila, siempre y cuando los ingresos de su unidad de convivencia residente no excedan 5 veces el IPREM; las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el art\u00edculo 5 de la Ley 49\/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal; y las personas f\u00edsicas que sean propietarias o usufructuarias de las viviendas ubicadas en edificios de tipolog\u00eda residencial colectiva.<\/p>\n<p>Respecto a los requisitos, las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila deber\u00e1n estar finalizadas antes de 2006; as\u00ed como constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios en el momento de solicitar las subvenciones.<\/p>\n<p>Los edificios de viviendas de tipolog\u00eda residencial colectiva deber\u00e1n estar finalizados antes de 2006; que al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda; y que al menos el 50% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de los solicitantes cuando se pidan las subvenciones.<\/p>\n<p>No se tendr\u00e1 en cuenta este requisito cuando se trate de un inmueble donde se encuentre el domicilio habitual de una persona con discapacidad f\u00edsica que debido a la falta de accesibilidad en las zonas comunes se encuentre confinada en su vivienda y acredite un grado reconocido igual o superior al 33% de discapacidad f\u00edsica con movilidad reducida.<\/p>\n<p>Las viviendas ubicadas en edificios de tipolog\u00eda residencial colectiva deber\u00e1n estar finalizadas antes de 2006; que sea la residencia habitual y permanente de al menos una persona de la unidad de convivencia que tenga un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o sea mayor de 65 a\u00f1os; as\u00ed como constituir domicilio habitual y permanente de los solicitantes durante la solicitud de las subvenciones.<\/p>\n<h2>Cuant\u00edas subvencionables<\/h2>\n<p>La cuant\u00eda m\u00e1xima no podr\u00e1 superar por solicitud el 10% de la dotaci\u00f3n presupuestaria de la convocatoria y se determinar\u00e1 en funci\u00f3n del coste de la actuaci\u00f3n subvencionable correspondiente y del n\u00famero de elementos computables.<\/p>\n<p>La cuant\u00eda ser\u00e1 la menor que resulte de aplicar los siguientes l\u00edmites: hasta 6.000 euros por vivienda, cuando se solicite para actuaciones en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila; hasta 6.000 euros por vivienda y 60 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial, cuando se solicite para actuaciones en edificios de tipolog\u00eda residencial colectiva, y hasta 3.000 euros cuando se solicite para actuaciones en viviendas ubicadas en edificios de tipolog\u00eda residencial colectiva.<\/p>\n<p>La entrada <a rel=\"nofollow\" href=\"https:\/\/www.casadomo.com\/2022\/10\/20\/ayudas-mejorar-accesibilidad-viviendas-castilla-leon-incluyen-domotica\">Las ayudas para mejorar la accesibilidad de viviendas en Castilla y Le\u00f3n incluyen la dom\u00f3tica<\/a> aparece primero en <a rel=\"nofollow\" href=\"https:\/\/www.casadomo.com\/\">CASADOMO<\/a>.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Junta de Castilla y Le\u00f3n ha publicado en el Bolet\u00edn Oficial de Castilla y Le\u00f3n (BOCYL) la convocatoria de las subvenciones para la mejora de la accesibilidad de viviendas, tanto en el \u00e1mbito urbano como rural de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n. 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