Cerraron su terraza sin pedir permiso, la comunidad denunció y acabaron en los tribunales: ha sido como tirar el dinero

Cerraron su terraza sin pedir permiso, la comunidad denunció y acabaron en los tribunales: ha sido como tirar el dinero

Las relaciones vecinales suelen ser una fuente inagotable de noticias. Aunque a menudo pensamos que los conflictos se limitan a los pisos dentro de edificios, las casas unifamiliares también pueden protagonizar sus propias disputas. Y precisamente ese es el eje central de esta historia: la de unos propietarios y su terraza.

Un desencuentro con el resto de vecinos terminó en los tribunales, dando lugar a una sentencia judicial (puedes consultarla en este enlace) que no deja indiferente. Si creías que una vivienda unifamiliar no necesita la aprobación de la comunidad para realizar determinadas obras, esta resolución te hará cambiar de opinión.

El origen de la demanda

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Imagen | Annette en Pixabay

Los hechos se remontaban a un complejo residencial de 28 viviendas adosadas en Madrid, con servidumbres y zonas comunes compartidas. En 2014, tres copropietarios cerraron la terraza superior de su vivienda unifamiliar, originalmente descubierta, alterando la estética uniforme del conjunto.

El Ayuntamiento ordenó la demolición por exceder la edificabilidad, aunque más tarde autorizó parcialmente la obra tras reducir la superficie construida. No obstante, la Comunidad de Propietarios demandó a los vecinos, al considerar que el cerramiento vulneraba el reglamento interno y se había realizado sin permiso de la Junta.

El Juzgado de Primera Instancia nº 87 de Madrid estimó la demanda y ordenó retirar el cerramiento, decisión que fue confirmada por la Audiencia Provincial. Los propietarios acudieron al Tribunal Supremo, alegando que su vivienda era independiente y que las normas comunitarias no podían aplicarse a la fachada, al ser —según ellos— un elemento privativo.

Fundamentos de derecho

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Foto de KATRIN BOLOVTSOVA

El Tribunal Supremo rechazó la tesis de los recurrentes al considerar probado que el conjunto residencial cumplía con todos los requisitos de un complejo inmobiliario privado conforme al artículo 24 de la LPH, al estar formado por parcelas y viviendas unifamiliares adosadas y físicamente unidas, con elementos comunes, servidumbres e instalaciones compartidas.

El Alto Tribunal subrayó que en este tipo de conjuntos rige una unidad arquitectónica y estética obligatoria, y que los propietarios no pueden modificar libremente las fachadas ni las terrazas, aunque sean de uso privativo, si ello altera la uniformidad del conjunto o perjudica las vistas y derechos del resto de vecinos. Además, recordó en la decisión que las normas del reglamento interno aprobadas por la comunidad son válidas, obligatorias y compatibles con la ley y los estatutos, ya que buscan preservar la armonía visual y el equilibrio arquitectónico del complejo.

También aclaró que poseer licencia urbanística municipal no legitima una obra frente a la comunidad: la autorización administrativa no exime del cumplimiento de la LPH ni del respeto a los elementos comunes o la estética del edificio.

La resolución

Casas

Imagen | Quales construcción

El Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación interpuesto por los propietarios y confirmó íntegramente las sentencias anteriores. Como consecuencia ordenó:

  • Mantener la obligación de retirar el cerramiento de la terraza y restituirla a su estado original.
  • Imponer las costas del recurso a los demandados.
  • Declarar la pérdida del depósito judicial constituido para recurrir.

La sentencia reafirmó que, en las urbanizaciones tipo “propiedad tumbada”, los propietarios no podían realizar obras que alteraran la estética, las vistas o la configuración general del conjunto, incluso aunque se tratara de espacios privativos.

Foto de portada | Pixabay

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La noticia

Cerraron su terraza sin pedir permiso, la comunidad denunció y acabaron en los tribunales: ha sido como tirar el dinero

fue publicada originalmente en

Xataka Smart Home

por
Jose Antonio Carmona

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