Es sábado por la mañana, tienes el despertador apagado y te dispones a alargar tu sueño todo lo que te pida el cuerpo hasta que el sonido de un taladro te despierta y te impide volver a dormirte. Tú ibas a descansar, pero a tu vecino se le ha ocurrido poner una estantería. O unos cuadros. Incluso peor aún: está haciendo una reforma completa.
Este escenario lo ha sufrido todo el mundo en algún momento de su vida y es algo que asumimos como normal porque bueno, al fin y al cabo las obras son inevitables: los hogares tienen averías y de vez en cuando necesitan un buen lavado de cara. Y obviamente, con una obra siempre hay ruido.
El vecindario aguante porque también hemos sido nosotras quienes cogíamos el taladro pero la realidad es que hacer una obra no da barra libre para hacer ruido sin preocuparse por nada más. De hecho, como recogido en la Ley de Propiedad Horizontal, pueden denunciarte con toda la razón.
Hacer obras es inevitable, pero no da barra libre para el ruido
Como recoge el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios pueden modificar elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de su inmueble siempre y cuando no perjudique los derechos de otro propietario y dando cuenta a la comunidad. En pocas palabras, que moleste lo menos posible.
Inmediatamente después, en el artículo 7.2 de la LPH queda expresamente claro que no está permitido llevar a cabo «actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas» que afecten a la convivencia. Aquí tienes el primer motivo por el que podrías denunciar.
La Ley de Propiedad Horizontal es ambigua en términos de cuantificar el ruido, pero existen normativas municipales, autonómicas y de los propios estatutos de la comunidad que definen mejor horarios y límites. Por ejemplo een Granada hay una Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente Acústico con limitación entre las 23:00 y las 7:00 del día siguiente con sanciones y agravantes.
En este sentido, no existe un horario específico de descanso aplicable a todas y cada una de las comunidades de vecinos ni municipios, por lo que tocará acudir al ayuntamiento o a la presidencia de la comunidad para consultarlos. No obstante y de forma general, durante el día está prohibido superar los 35-40 decibelios y de noche, baja a 25 – 30 decibelios. En caso de detectar que se están incumpliendo estos decibelios, puedes llamar a la policía para que se personen y lo comprueben para la denuncia.
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Portada | Foto de Ksenia Chernaya en Pexels
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La noticia
No todo vale cuando tu vecino hace obras en casa: si hacen mucho ruido, puedes denunciar y la ley te da la razón en estos casos
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Xataka Smart Home
por
Eva R. de Luis
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