Poner placas solares en una comunidad de vecinos puede ahorrar dos veces: en la factura y en el IBI

Poner placas solares en una comunidad de vecinos puede ahorrar dos veces: en la factura y en el IBI

Coslada acaba de devolver este asunto a la actualidad. Su Pleno aprobó el 8 de septiembre revisar las ordenanzas del IBI y del ICIO para impulsar el autoconsumo y las comunidades energéticas. El acuerdo expresa la voluntad política, pero los vecinos todavía no pueden descontarse una bonificación nueva: faltan la modificación de las ordenanzas, sus condiciones y su entrada en vigor.

El margen municipal está en el artículo 74.5 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Permite bonificar hasta el 50 % de la cuota íntegra del IBI a los inmuebles con sistemas solares homologados y contempla condiciones distintas cuando se ceden espacios a comunidades energéticas. Cada ayuntamiento decide si aplica la medida, durante cuánto tiempo y con qué límites.

Madrid y Barcelona aplican el 50 %, pero no durante el mismo tiempo

Madrid concede actualmente un 50 % durante cinco periodos impositivos posteriores a la inscripción de la instalación, siempre que se solicite ese mismo año. Si se incorpora almacenamiento, la bonificación puede ampliarse dos años. En una comunidad solo se benefician los propietarios que hayan participado en la instalación compartida y el ahorro está limitado por el coste repercutido a cada uno.

Barcelona también bonifica el 50 % a los inmuebles residenciales y terciarios, aunque durante tres años. La petición debe presentarse dentro de los 12 meses posteriores a la solicitud de legalización o al alta en el registro autonómico. Ese plazo importa tanto como instalar correctamente las placas.

Valencia puede alargar la ayuda hasta diez años

Valencia aplica un 50 % a los inmuebles de uso predominantemente residencial y un 25 % a otros usos. La duración depende del valor catastral: puede llegar a diez años si no supera los 75.000 euros, baja a siete, cuatro, tres, dos o un año en los siguientes tramos y desaparece por encima de 250.000 euros. El total bonificado tiene además un límite ligado al coste del sistema.

Paneles Solares En Pisos

Es una muestra de por qué no basta con preguntar si una ciudad bonifica el IBI. Hay que revisar porcentaje, años, valor catastral máximo, potencia mínima y tope acumulado. También conviene comprobar cómo trata la ordenanza el autoconsumo colectivo y su acuerdo de reparto.

Sevilla mantiene el 50 % y Málaga se queda en el 15 %

Sevilla ofrece un 50 % durante tres periodos impositivos siguientes a la puesta en funcionamiento para inmuebles residenciales. Málaga aplica un 15 % durante un máximo de tres años, desde el ejercicio posterior a la instalación, y exige pedirla antes del 1 de febrero para disfrutarla ese mismo año.

La comparación muestra una diferencia notable. Para una vivienda con un recibo anual de IBI de 600 euros, un 50 % durante cinco años representa 1.500 euros de ahorro bruto. Un 50 % durante tres años serían 900 euros. Con el 15 % malagueño durante tres años, la cifra baja a 270 euros. El resultado real puede ser menor si la ordenanza fija un tope según el coste de la instalación o si no todos los vecinos participan.

La factura eléctrica es el otro ahorro, y depende del reparto

En una instalación colectiva, la producción se distribuye mediante coeficientes acordados entre los participantes. Cada vivienda descuenta de su consumo la energía que le corresponde cuando los paneles están produciendo y puede acogerse, según la modalidad, a compensación de excedentes. Compartir generación ya es posible a mayor distancia, lo que abre opciones más allá de una única cubierta.

La cifra de ahorro eléctrico exige estudiar orientación, sombras, consumo diurno y precio contratado. Las horas solares pico ayudan a estimar cuánta energía producirá realmente la instalación. El descuento fiscal se calcula aparte y puede acortar la amortización, pero normalmente hay que solicitarlo: el ayuntamiento no lo aplica solo por detectar paneles en el tejado.

Antes de aprobar el presupuesto, la comunidad debería consultar la ordenanza vigente, confirmar que el proyecto cumple la potencia mínima, guardar facturas y certificados y anotar el plazo de solicitud. En Coslada aún habrá que esperar al texto definitivo. Hasta que se publique, no existe un porcentaje ni una duración que puedan darse por garantizados.

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Manuel Naranjo

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