Las etiquetas de los envases que compramos cambian a partir del 1 de enero. Esto es lo que hay que saber

Las etiquetas de los envases que compramos cambian a partir del 1 de enero. Esto es lo que hay que saber

Estamos a punto de recibir el nuevo año, y con la llegada de 2025, no solo cambiaremos el calendario, sino que también deberemos adaptarnos a una serie de normas que influirán en nuestra vida cotidiana (como el cambio en la generación de basuras y lo que pagamos). Una de las más destacadas entrará en vigor el próximo 1 de enero: la nueva regulación sobre el etiquetado de envases.

Impulsada a nivel local en respuesta a un mandato de la Unión Europea (UE), esta normativa tiene como objetivo regular la gestión de los residuos de envases de productos, sin importar el material del que estén hechos. A continuación, analizaremos en qué consiste esta medida, cuáles son los cambios que introduce y cómo impactará en nuestro día a día.

La normativa se implementa a través del Artículo 13 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, sobre envases y residuos de envases. Es importante no confundir esta regulación con el impuesto al plástico, una medida separada que grava ciertos productos de plástico no reutilizables para reducir los residuos plásticos. A diferencia de esta última, el Real Decreto se centra en la gestión integral de todos los residuos de envases, sin importar su composición.

A qué afecta

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Foto de Mali Maeder

El Real Decreto abarca todo tipo de envases y envoltorios que cumplen funciones esenciales en el almacenamiento, protección y transporte de productos desde su producción hasta el consumo. Esto incluye botellas, bandejas de aluminio, cartón, papel o plástico, así como bolsas de diferentes tipos, cajas de cartón, papel de aluminio, películas plásticas, recipientes de diversos materiales y vasos, con o sin tapa.

Qué pretende

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Foto de Vlad Vasnetsov

Esta regulación busca garantizar la calidad y seguridad de los materiales utilizados en envases destinados a alimentos y otros productos. Entre sus disposiciones, destaca la obligatoriedad de incluir en las etiquetas información clara y detallada sobre la gestión de los residuos, con énfasis en la reciclabilidad. También se exige la incorporación de símbolos que identifiquen los materiales empleados, facilitando su clasificación y reciclaje.

La iniciativa promueve prácticas más sostenibles y responsables en la producción de envases, alineándose con los principios de la economía circular. Esto incluye priorizar características como la durabilidad, la reparabilidad y la reciclabilidad de los materiales. En última instancia, el objetivo es minimizar el impacto ambiental, reducir la cantidad de residuos generados y optimizar el uso de recursos durante todo el ciclo de vida de los envases.

Qué cambia

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Imagen | Dennis en Pixabay

El Real Decreto se deriva de la Decisión 97/129/CE de la Comisión, de 28 de enero de 1997, que establece un sistema de identificación de materiales de envase en línea con la Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre envases y residuos de envases.

A partir del 1 de enero de 2025, los cambios serán obligatorios en el etiquetado. Por ejemplo, los envases deberán indicar si son reutilizables y mostrar el símbolo correspondiente al sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR). Además, deberán especificar la fracción o contenedor al que deben destinarse los residuos, facilitando su correcta disposición final.

Recicla

Imagen | Acteco

Indicadores de cómo deben desecharse (devolución y retorno) o reutilizarse. Los envases deben incluir información clara que indique en qué contenedor deben ser desechados junto con el símbolo correspondiente al Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR). Este sistema tiene como finalidad fomentar la reutilización y el reciclaje, facilitando el retorno del envase al circuito de uso tras su consumo.

Para los envases reutilizables: Los envases reutilizables deberán estar etiquetados con el símbolo del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) correspondiente.

Instrucciones para el reciclaje. Es imprescindible que los envases destinados al uso doméstico especifiquen el contenedor adecuado para su disposición final. En el caso de envases compuestos por materiales separables, cada componente debe estar claramente etiquetado para indicar su destino específico. Esto asegura una correcta segregación de residuos, optimizando los procesos de reciclaje y reduciendo el impacto ambiental.

Etiquetas prohibidas. A partir de esa fecha, estará prohibido marcar los envases con expresiones como «respetuoso con el medio ambiente» o cualquier otra frase similar que pueda incitar a su abandono en el entorno. Esta excepción solo será aplicable a envases de plástico compostable, los cuales deberán incluir en su etiquetado una certificación que indique que cumplen con la norma europea UNE EN 13432:2001. Además, los envases aptos para compostaje, ya sea doméstico o industrial, deberán llevar la indicación específica «no abandonar en el entorno» para fomentar su correcto manejo y evitar su desecho inapropiado.

Recicla

Imagen | Acteco

Visibilidad y durabilidad del marcado. Todos los símbolos, instrucciones y marcados deben ser perfectamente visibles y legibles, además de mantenerse intactos durante el ciclo de vida del envase, incluso tras ser abierto. Esto garantiza que la información relevante esté siempre accesible para el consumidor y los gestores de residuos.

Información sobre sustancias peligrosas. Los fabricantes de envases están obligados a recopilar y ofrecer información detallada sobre la composición de sus productos, especialmente en relación con la presencia de sustancias peligrosas. Esta información debe estar disponible de manera gratuita para los gestores de residuos antes de que el envase se comercialice por primera vez, facilitando así su manejo seguro y su tratamiento adecuado.

Envases de plástico. Los envases de plástico que se encuentran enumerados en la parte D del anexo IV de la Ley 7/2022, de 8 de abril, deben cumplir con las directrices del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2151 de la Comisión, adoptado el 17 de diciembre de 2020. Estos envases deben llevar un marcado específico que informe al consumidor sobre su composición y el impacto ambiental asociado, promoviendo un manejo adecuado y una reducción de residuos plásticos. Esto aplica a productos como compresas, tampones y sus aplicadores; toallitas húmedas (ya sean para higiene personal o uso doméstico); productos de tabaco con filtros y filtros diseñados para combinarse con productos del tabaco, así como vasos para bebidas.

Estas medidas buscan promover una gestión más responsable de los envases, reforzar el compromiso con la sostenibilidad y garantizar que tanto consumidores como gestores de residuos dispongan de la información necesaria para contribuir a un entorno más limpio y eficiente.

Foto de portada | SHVETS production

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La noticia

Las etiquetas de los envases que compramos cambian a partir del 1 de enero. Esto es lo que hay que saber

fue publicada originalmente en

Xataka Smart Home

por
Jose Antonio Carmona

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