Tender ropa en balcones, patios y terrazas y así lo regula la ley. Esto es lo que debes saber para evitar un multazo

Tender ropa en balcones, patios y terrazas y así lo regula la ley. Esto es lo que debes saber para evitar un multazo

Si hay algo que me desespera del invierno, es lo que tarda la ropa en secarse al aire libre. Lo que en verano son un par de horas, en esta época puede alargarse días enteros. En casa tenemos el tendedero en el patio de luces, pero no en todas las viviendas está permitido usar esta zona o colocar uno en el balcón.

Tender la ropa al aire libre suele ser lo ideal: se ventila bien y evitamos que la humedad se quede dentro de casa. Pero si estás pensando en poner un tendedero en tu balcón, terraza o patio interior, conviene que te informes antes para evitar conflictos con vecinos o incluso alguna sanción inesperada.

Y es que, aunque parezca un gesto de lo más cotidiano, también está regulado, igual que muchos otros aspectos relacionados con la vivienda. Por eso, antes de colgar nada, merece la pena saber qué normas municipales pueden aplicarte y qué dice la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Así tendrás claro si puedes instalarlo sin problemas o si necesitas algún tipo de permiso para no tener que retirarlo más adelante.

Estatutos y ordenanzas

Patio

Imagen | Desafía Vertical Rehabilitaciones

Lo primero es echar un vistazo a los estatutos de tu edificio, porque muchas ya incluyen reglas sobre dónde se puede tender la ropa o qué se puede colocar en balcones y fachadas. Pero en los estatutos no tiene porqué estar regulado y en este caso hay que ir más allá.

Por eso también conviene revisar la ordenanza municipal de tu ciudad: en algunas zonas está prohibido tender ropa que se vea desde la calle o colocar elementos que sobresalgan hacia el exterior. Veamos el ejemplo en tres ciudades: Madrid, Barcelona y dónde vivo, Granada.

En Madrid, la normativa urbanística y la Ordenanza de Policía Urbana y el Gobierno de la Villa prohíben secar ropa o integrar tendederos en balcones visibles desde la calle. Aunque el balcón sea privativo, no se permite instalar elementos que sobresalgan o alteren la fachada sin ajustarse a la normativa o sin acuerdo de la comunidad.

En Barcelona, la Ordenanza sobre el uso de las vías y espacios públicos (OUVP) establece en el artículo 24.2 lo siguiente: “Está prohibido tener ropa tendida en las fachadas que dan directamente a la vía pública”. Por lo tanto se prohíbe tender ropa en fachadas que den a la vía pública y las sanciones pueden llegar a 750 euros. No afecta tanto a terrazas interiores, pero sí a cualquier tendedero visible desde la calle, por lo que conviene revisar también los estatutos de la comunidad.

En Granada, no existe una norma tan explícita, pero hay ordenanzas de convivencia y estética urbana que pueden limitar los tendederos visibles desde la calle. Algunos municipios del área metropolitana ya han pedido a los vecinos que no cuelguen ropa en balcones por motivos estéticos, aunque no se especifican sanciones concretas.

Por último recuerda que la LPH también tiene que decir al respecto, al remarcar que no puedes tocar elementos comunes del edificio —como la fachada, barandillas o cerramientos— sin permiso. La LPH aunque no hable directamente de tendederos, sí deja claro que cualquier cambio que afecte a la apariencia del edificio o a zonas comunes necesita aprobación de la comunidad. 

El famoso artículo 7.1 dice que cada propietario puede modificar lo suyo siempre que no altere la estética del edificio ni perjudique a otros vecinos. Por eso, si el tendedero va en la barandilla o sobresale hacia la fachada, la comunidad puede pedir que lo retires.

“El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.

“En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador”.

Además, en el artículo 7.2 establece limitaciones a la hora de desarrollar alguna actividad que pueda resultar molesta y aunque no hable de ropa tendida, sí que puede terminar por afectar a otros vecinos.

“Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

A la hora de instalarlo, lo ideal es comprobar si tu balcón se ve desde la calle, porque ahí es donde suelen aparecer más restricciones. Si lo que quieres es un tendedero portátil o uno que quede dentro del balcón sin sobresalir, normalmente no tendrás problema. Y si algún vecino comenta que puede afectar a la estética o que podría gotear al piso de abajo, siempre es mejor hablarlo y buscar una solución que no moleste a nadie.

Por último, guarda siempre cualquier permiso o acuerdo por escrito. Si más adelante surge algún conflicto, te será mucho más fácil demostrar que actuaste correctamente.

Imagen portada | Valter Cirillo en Pixabay

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Tender ropa en balcones, patios y terrazas y así lo regula la ley. Esto es lo que debes saber para evitar un multazo

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Xataka Smart Home

por
Jose Antonio Carmona

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