Tirar colillas por el patio o la ventana no solo está prohibido: en esta comunidad evitaron un incendio por los pelos

Tirar colillas por el patio o la ventana no solo está prohibido: en esta comunidad evitaron un incendio por los pelos

Hemos hablado de algo que muchos vecinos desconocen en las comunidades de propietarios: fumar en espacios comunes puede estar prohibido. Y no solo por los humos, sino también por las colillas. En el bloque en el que viven mis padres, una colilla ha estado a punto de provocar un incendio.

El incivismo de algunos vecinos es tremendo. Ya no se trata solo de que fumen en zonas comunes como patios, terrazas comunitarias o garajes. Lo peor es que se deshacen de las colillas de cualquier manera y, en este caso, una de ellas terminó en el sitio más inoportuno: el cesto de la ropa sucia.

El aviso en los ascensores

Aviso

Subirse en el ascensor y encontrarse con un mensaje (el que tienes sobre estas líneas) advirtiendo del riesgo de incendio que puede provocar una colilla mal apagada, o incluso la ceniza que se tira por las ventanas de las terracillas o los patios interiores, resulta sorprendente a estas alturas.

Muchos vecinos parecen no tener claro lo que dice el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que regula las actividades que pueden resultar peligrosas, insalubres o dañinas. Y fumar puede estar entre ellas, como ya vemos, no solo por el humo.

Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

Cigarro

El artículo 9.1 de la misma ley también puede ser útil en este sentido, ya que se refiere a la obligación de todos los propietarios de respetar las instalaciones comunes (y los patios, terrazas y otras zonas entran aquí).

“Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos”.

Qué se puede hacer

Patio

Como en cualquier conflicto, lo mejor en un primer momento es intentar arreglarlo de forma amigable. Un aviso a la persona que tira las colillas o, como en este caso, un aviso general, es el primer paso para evitar que la situación se vuelva a repetir.

Pero si no funciona, hay que prestar atención a lo que dice el artículo 7 de la LPH, del que hemos hablado antes. Según esta norma, se puede actuar contra un vecino que realiza actividades prohibidas o molestas. Si no hace caso a los avisos amistosos, el siguiente paso es comunicarlo al presidente de la comunidad, preferiblemente por escrito, para que quede constancia. El presidente deberá pedir al infractor que cese en la conducta y advertirle de posibles acciones legales.

Si la situación va a más y el infractor mantiene la misma conducta, entra en juego la comunidad, que puede convocar una junta de propietarios para aprobar el inicio de las acciones judiciales necesarias y evitar que se vuelva a repetir. En caso de que la demanda prospere, el juez puede ordenar el cese definitivo de la conducta, imponer una indemnización por daños e incluso privar al infractor del uso de la vivienda durante un máximo de tres años si el caso es grave.

Hay que tener en cuenta que la LPH no establece multas concretas por tirar colillas, pero una comunidad sí puede crear normas de régimen interno que limiten esta actividad.

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Tirar colillas por el patio o la ventana no solo está prohibido: en esta comunidad evitaron un incendio por los pelos

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Jose Antonio Carmona

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