Es uno de esos temas que más quebraderos de cabeza genera entre los vecinos: ¿quién debe pagar las reparaciones de las barandillas de balcones y terrazas? Con la fachada suele estar todo bastante claro, pero cuando hablamos de barandillas empiezan las dudas.
Si te toca hacer algún arreglo en la barandilla de tu balcón, lo ideal es no lanzarse a pagar ni depender únicamente de lo que diga el presidente o el administrador. Antes de nada, conviene saber qué establece la ley para no asumir un gasto que quizá no te corresponde. Por eso merece la pena repasar a quién le compete realmente este tipo de elementos dentro del edificio.
Lo que dice la ley
Ya hemos visto que en una comunidad de propietarios hay zonas en las que la línea entre lo común y lo privativo no siempre está bien definida. Y las barandillas son precisamente uno de esos elementos que pueden generar confusión.
Y lo mejor, como en otros muchos casos es acudir a una vieja conocida como es la Ley de Propiedad Horizontal en este caso en el artículo 3. Esta norma es bastante clara respecto a las barandillas de los balcones: aunque estén en una zona de uso privativo, normalmente se consideran elementos comunes del edificio.
Esto se debe a que afectan directamente a la seguridad, a la estética del conjunto y a la propia estructura de la fachada. De hecho, el artículo 396 del Código Civil —al que remite la LPH— las incluye dentro de los elementos comunes.
“[…] tales como el suelo, vuelo, cimentaciones y cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas, forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas, incluyendo su imagen o configuración, los elemento de cierre que las conforman y sus revestimientos exteriores…”
Esto tiene una consecuencia directa: las reparaciones necesarias suelen correr a cargo de la comunidad de propietarios. Hablamos de trabajos para corregir desgaste, corrosión, riesgos de desprendimiento, daños por el paso del tiempo o intervenciones obligadas por razones de seguridad o normativa.
Ahora bien, si la barandilla se ha estropeado como consecuencia de un mal uso o un daño provocado por un propietario, entonces sí puede exigirse que ese vecino asuma el coste. La clave está en demostrar que el desperfecto no responde al mantenimiento normal, sino a una negligencia.
Si lo que se quiere es cambiar el diseño, sustituir materiales o instalar una barandilla distinta, el escenario cambia completamente. Un propietario no puede modificar por su cuenta un elemento que afecta a la apariencia del edificio, así que necesita autorización de la comunidad y, en algunos casos, también una licencia municipal.
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La noticia
Qué dice la LPH sobre las barandilllas de balcones y terrazas: ¿pago el arreglo yo o la comunidad?
fue publicada originalmente en
Xataka Smart Home
por
Jose Antonio Carmona
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