Las plazas de garaje suelen ser un foco de conflictos, y no es raro encontrarse con situaciones de lo más curiosas. En algunos casos, los propietarios llegan incluso a instalar trasteros o habilitar algo parecido a una casa, mientras que otros optan por delimitar su espacio para evitar que aparquen sin permiso. Pero, ¿es realmente legal hacerlo?
Es algo bastante común y probablemente lo hayas visto —o incluso sufrido— si alguien ha ocupado tu plaza sin autorización. Una posible solución pasa por colocar una cadena o un bolardo, pero antes de hacerlo conviene saber si está permitido. De lo contrario, podrías acabar teniendo problemas con los vecinos o, peor aún, enfrentarte a una sanción.
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Una plaza de aparcamiento, especialmente en los garajes comunitarios, es un espacio que, aunque sea de uso privativo, suele quedar bastante desprotegido, sobre todo cuando no se trata de una cochera cerrada. Para evitar que algún aprovechado decida aparcar en ella cuando la tenemos libre, existen distintas opciones —más allá de cerrarla por completo—. Ahora bien, ¿todas esas soluciones son legales? Vamos a verlo.
Lo que dice la ley
De nuevo hay que acudir a una vieja conocida como es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Una norma que no prohíbe expresamente colocar una cadena, valla o bolardo en una plaza de garaje privativa, pero hay que distinguir dos situaciones muy importantes:
a) Si la plaza es totalmente privativa (propiedad exclusiva)
El propietario puede colocar una cadena, hito o bolardo para impedir que otros aparquen en su plaza, siempre que no se alteren elementos comunes (como el suelo general, columnas, zonas de rodadura, alumbrado, ventilación, etc.). Esto se basa en el artículo 7.1 de la LPH, que dice:
“El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.
Por tanto, si la cadena o el hito se instala dentro de los límites de la plaza y no afecta a la circulación ni a la estética común, es legal.
b) Si la plaza está en una zona común de uso exclusivo
Si el suelo o parte de la zona donde se fija el elemento pertenece a la comunidad (como suele pasar en garajes con suelo común y plazas delimitadas por líneas), no puedes anclar nada al suelo sin permiso.
En ese caso, se considera una alteración de un elemento común, y el artículo 7.1 párrafo segundo obliga a pedir autorización a la Junta de Propietarios por mayoría de 3/5 partes (según artículo 17.3 LPH).
“En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador”.
El problema es que llegados a este punto la jurisprudencia tiene sentencias tanto a favor como en contra. Así por ejemplo, la Audiencia Provincial de Valencia consideró ilegal la instalación de bolardos dentro de los limites de una plaza, ya que con dicha instalación perjudicaban el derecho de los propietarios de la plaza colindante
En una postura totalmente distinta, la Audiencia Provincial de Zaragoza, Sección 5.ª, sentencia 221/2018 declaró como legal el uso de una cadena o bolardo móvil dentro de la plaza siempre que no dañe ni obstaculice elementos comunes.
Cepos, horquillas, bolardos…
Según detallan en Sgvgabogados, a la hora de instalar estos elementos hay que estar atentos a una serie de limitaciones, ya que aunque la plaza de garaje es de uso privativo, las zonas e instalaciones fuera de sus límites son comunes. Según el artículo 394 del Código Civil, cada propietario puede usar los elementos comunes siempre que no perjudique a la comunidad ni limite el uso de otros.
Por ello, los cepos, horquillas o bolardos deben colocarse dentro de los límites de la plaza, sin invadir zonas comunes ni obstaculizar la circulación, conforme al artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Lo que puedes hacer
Lo que recomiendan los expertos antes de acometer alguna acción de este tipo es consultar en primer lugar los estatutos de la comunidad (algunas prohíben expresamente poner elementos fijos). No está de más informar de la intención de realizar esta modificación al administrador o presidente por escrito (por seguridad jurídica).
Para evitar cualquier posible conflicto es siempre aconsejable anclar al suelo paredes o columnas cualquier elemento de forma fija: lo mejor es usar una cadena móvil o bolardo con base sin fijación permanente.
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La noticia
Hay quien pone bolardos o cadenas en su plaza de garaje para evitar que otros aparquen. Esto es lo que dice la Ley
fue publicada originalmente en
Xataka Smart Home
por
Jose Antonio Carmona
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